El músico Gustavo Cordera quedó sobreseído en la causa penal que se le abrió por sus dichos ofensivos hacia las mujeres durante una charla con estudiantes de periodismo en agosto de 2016, al dar por concluido su período de «probation», suspensión del juicio a prueba.
La decisión fue del Tribunal Oral Federal 7, que sobreseyó a Cordera por el delito de «incitación a la violencia colectiva» por haber asegurado en la charla en la escuela de periodismo TEA Arte que «hay mujeres que necesitan ser violadas para tener sexo», según el fallo al que tuvo acceso la agencia Télam.
Cordera obtuvo la suspensión del juicio a prueba el 1 de abril de 2019 por un año y seis meses, con determinados requisitos que el Tribunal dio ahora por cumplidos.
El Tribunal tuvo en cuenta un informe final de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal que dio cuenta de la incorporación de Cordera al régimen de asistencia y supervisión con entrevistas de seguimiento en forma telefónica, debido a la cuarentena por el coronavirus.
Además, mantuvo domicilio en el Barrio La Paloma, Rocha, en Uruguay y se abstuvo de «hacer declaraciones públicas que explícitamente promuevan, naturalicen o legitimen la violencia sexual contra las mujeres o que configuren violencia simbólica en los términos de la ley 26.485», según la resolución.
También realizó el seminario «Masculinidades y Femineidades en la Intersubjetividad» dictado por el Centro de Estudios sobre Masculinidades y Género de Montevideo.
Por último el Tribunal consideró satisfactorio el video de retractación y pedido de disculpas públicas que el músico presentó y divulgó en sus redes sociales y se envió al Centro de Información Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.