La Cámara Nacional de Casación agravó la pena para el excantante de El Otro Yo, Cristian Aldana, y lo condenó a 25 años de prisión -que ya está cumpliendo- por el delito de «abuso sexual gravemente ultrajante, con acceso carnal y corrupción de menores» reiterado en seis casos.
La Sala Uno del máximo tribunal penal porteño, con las firmas de los jueces Gustavo Bruzzone y Jorge Rimondi, consideró que dos casos por los que Aldana no había sido condenado no están prescriptos y, en consecuencia, los valoró para aumentar la pena original, de 22 años de prisión.
En todos los hechos, Aldana fue considerado responsable de haber abusado sexualmente de sus víctimas, seguidoras en su mayoría del grupo musical que lideraba.
En cuanto a los hechos, el fallo valoró que Aldana contactó a sus víctimas «por el chat de la web de El Otro Yo o por medio de alguna otra fan que ya lo había conocido».
«Todas eran fanáticas de la banda liderada por el imputado. Todas tenían entre 14 y 16 años cuando fueron contactadas por él. Todas tenían situaciones familiares complicadas», señaló la resolución.
«En todo momento procuraba que las adolescentes se identificaran con su forma de vivenciar la sexualidad. Buscaba, y así se los hacía saber, que fueran tan ‘perversas’ como él. De esta forma, no sólo lograba moldear el comportamiento de las niñas a su voluntad, sino que le permitía que sean ellas mismas las que actuaran de nexo con otras eventuales víctimas», abundó.
El agravamiento de la pena había sido pedido por la fiscal María Luisa Piqué, en el marco de las apelaciones contra la condena original, en la que Aldana había reclamado su absolución.
El fallo sostiene que la pena de 25 años de prisión «resulta proporcional al grado de culpabilidad de Aldana por los hechos objeto de pronunciamiento».
La condena a Cristian Aldana por abuso sexual
Aldana fue condenado en 2019 por hechos que ocurrieron hasta 2008, por lo que su defensa (primero particular, luego oficial) había planteado que los delitos que se le imputaban estaban prescriptos por el paso del tiempo.
Además, el músico pidió la nulidad de todo el juicio porque, al igual que durante el debate, argumentó que se le había restringido su derecho a defensa, ya que el tribunal oral que lo condenó había apartado a su abogado particular, Rodolfo Patiño, por «abandono de la defensa» justamente por haberse ausentado en audiencias claves para la posterior condena.
Durante gran parte del juicio Aldana se presentó ante los jueces con un cartel que rezaba «sin defensa no hay justicia».
Sin embargo en mayo pasado la Corte Suprema rechazó su último recurso en ese sentido y despejó el camino para que la Cámara de Casación emitiera el fallo que agravó su situación.
«La asistencia técnica que recibió Aldana por parte de sus abogados de confianza primero, y por la defensa oficial después, en modo alguno puede ser calificada de ineficaz», replicó Casación.
«Varios de los pretendidos hechos objetivos o circunstancias fácticas que demostrarían, a criterio del defensor oficial, el estado de indefensión de Cristian Aldana, no son más que discrepancias con la estrategia adoptada por sus defensores de confianza», insistió.